Formulario de Contrato de Arrendamiento – Arizona Storage Centers

    El arrendatario acuerda pagar al arrendador por adelantado una tarifa mensual de alquiler de $TARIFA DE ALQUILER más impuestos, para un total de por mes;

    Y DESPUÉS DEL TÉRMINO INICIAL ACEPTA UN ARRENDAMIENTO MES A MES, TERMINABLE SEGÚN LO ESTABLECIDO Y BAJO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES AQUÍ INDICADOS. LA FALTA DE AVISO ADECUADO RESULTARÁ EN UN CARGO DE UN MES COMPLETO.


    AÑADIDO LEGAL ESTATUTARIO 2014

    La ley de Arizona requiere que los ocupantes de autoalmacenamiento revelen si alguno de los siguientes tipos de propiedad protegida está o estará almacenado en los espacios arrendados:

    Documentos, archivos o datos electrónicos que contengan información financiera, médica, legal o de pasaporte sobre los clientes, pacientes o clientes del ocupante (excepto los registros personales del ocupante).

    Productos farmacéuticos (excepto los dispensados por una farmacia para uso personal del ocupante)

    Bebidas alcohólicas

    Armas de fuego

    En caso de incumplimiento, los artículos mencionados anteriormente serán entregados a las autoridades.

    $25.00 POR CADA ½ HORA FUERA DE HORARIO. LOS ARREGLOS DEBEN HACERSE CON ANTELACIÓN. SOLO PAGO EN EFECTIVO.

    EL PAGO PARCIAL DE LA RENTA NO ANULA NI INVALIDA EL EFECTO LEGAL DE LOS AVISOS PREVIOS ENTREGADOS AL ARRENDATARIO A MENOS QUE SEA EXPRESAMENTE ACEPTADO POR ESCRITO POR EL ARRENDADOR. TODAS LAS RENTAS SE VENCEN EL PRIMERO, CON MORA A PARTIR DEL DÍA DOS. DESPUÉS DEL DÍA 4, NO HAY PRORRATEO EN LAS SALIDAS, SE DEBE EL ALQUILER COMPLETO DEL MES.

    SI EL ESPACIO SIGUE OCUPADO O CON CANDADO DESPUÉS DEL DÍA 4, EL ARRENDATARIO SIGUE ARRENDANDO EL ESPACIO. SI EL ARRENDATARIO DESOCUPA SIN RETIRAR EL CANDADO, LA RENTA Y OTROS CARGOS CONTINUARÁN HASTA QUE EL ARRENDATARIO REGRESE A RETIRAR EL CANDADO O HASTA QUE SE COMPLETE EL PROCESO DE INCUMPLIMIENTO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

    Se permite solo un (1) candado por arrendatario. Los candados adicionales serán retirados por el arrendador. Tarifa por retiro de candado: $50.00 más el costo del candado.

    EL ARRENDADOR PUEDE TERMINAR ESTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR CUALQUIER MEDIO DISPUESTO POR LA LEY.

    ARRENDAMIENTO DEL ESPACIO: En consideración a los pactos y condiciones contenidos en este Contrato de Arrendamiento, el arrendador alquila al arrendatario un espacio de almacenamiento en la instalación de autoalmacenamiento descrita anteriormente. El arrendador no está en el negocio de bodegas, ni en el negocio de almacenar bienes por encargo. Bajo ninguna circunstancia se considerará al arrendador como depositario u otro tipo de custodio. Los empleados del arrendador tienen prohibido proporcionar servicios en nombre del arrendador. Si los empleados del arrendador prestan servicios a solicitud del arrendatario, se considerará que actúan como agentes del arrendatario.

    RENTA: El arrendatario deberá pagar al arrendador, por adelantado y sin requerimiento, el primer día de cada mes, el alquiler correspondiente en moneda legal de los Estados Unidos. La renta recibida después del cierre de operaciones del día 4 del mes está sujeta a una tarifa de morosidad/sobre-candado de $20.00 + impuestos, la cual el arrendatario acepta pagar. Si la renta no se paga durante más de 30 días, se agregarán los cargos por derecho de retención (tarifa de $50 más cualquier tarifa relacionada con la venta). Si un cheque es devuelto sin cobrar, el pago representado por este se considerará moroso desde la fecha original de vencimiento y estará sujeto a un cargo de cheque devuelto de $30.00 + impuestos.

    El arrendador puede aumentar la renta notificando al arrendatario por escrito al menos treinta (30) días antes del primer día del mes en que entra en vigor el aumento. El arrendatario deberá pagar el alquiler aumentado desde la fecha en que se haga efectivo.

    Cualquier cargo adicional deberá pagarse junto con el pago del alquiler o en el momento en que se imponga dicho cargo adicional. En caso de incautación conforme al Párrafo 6 de este acuerdo, se entiende y acepta que la responsabilidad del arrendatario por las rentas, cargos, costos y gastos previstos en este acuerdo no será renunciada, disminuida o eliminada hasta que se haya realizado el PAGO TOTAL o se haya terminado este acuerdo, lo que ocurra primero. Además, se acuerda que el arrendatario será personalmente responsable de todas las rentas, cargos, costos y gastos hasta la fecha de terminación del contrato, incluidos los gastos incurridos por la venta y/o disposición de los bienes, honorarios legales, costos judiciales y cualquier costo de reparación. En caso de una venta u otra disposición como se establece aquí, se acuerda que la fecha de dicha venta constituirá la fecha de terminación de este acuerdo.

    EL ARRENDADOR SE RESERVA EL DERECHO DE RECHAZAR PAGOS CON CHEQUE.
    NO HAY DEVOLUCIONES DE RENTA.
    CUALQUIER PROPIEDAD DEJADA EN EL ESPACIO DE ALMACENAMIENTO DESPUÉS DE LA FECHA INDICADA POR EL ARRENDATARIO COMO TERMINACIÓN SERÁ CONSIDERADA ABANDONADA. EL ARRENDADOR PUEDE RETIRAR Y DESECHAR EL CONTENIDO SIN PREVIO AVISO NI RESPONSABILIDAD ALGUNA. LOS GASTOS DERIVADOS SERÁN RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO.

    TÉRMINO: El término inicial del contrato comenzará en la fecha de ejecución del mismo y CONTINUARÁ DE MES A MES A MENOS QUE SE TERMINE SEGÚN LAS DISPOSICIONES AQUÍ INDICADAS. EL ARRENDADOR SE RESERVA EL DERECHO DE EXTENDER EL TÉRMINO O TERMINAR EL CONTRATO POR CUALQUIER MOTIVO. SE ACUERDA EXPRESAMENTE QUE TODAS LAS CLÁUSULAS Y TÉRMINOS DEL CONTRATO PERMANECERÁN EN PLENA VIGENCIA, A MENOS QUE DIEZ (10) DÍAS ANTES DE DESOCUPAR LA UNIDAD DE ALQUILER, YA SEA EN EL TÉRMINO INICIAL O EN UNA EXTENSIÓN MENSUAL, CUALQUIERA DE LAS PARTES DÉ AVISO A LA OTRA PARA TERMINAR.** El contrato se interpretará como una tenencia por tolerancia en las mismas condiciones aquí especificadas, o modificadas conforme al Párrafo 11.
    EL ARRENDATARIO ACEPTA DAR UN AVISO POR ESCRITO CON DIEZ (10) DÍAS DE ANTICIPACIÓN ANTES DE DESOCUPAR LA UNIDAD DE ALQUILER Y ANTES DE FINALIZAR EL MES.

    1. USO Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY: El espacio no se utilizará para ningún fin ilícito y deberá mantenerse en buen estado. El arrendatario solo almacenará en las instalaciones los bienes sobre los que tenga derecho legal de posesión. El arrendatario se compromete a no almacenar en dicho espacio arrendado objetos de colección, obras de arte, joyas, reliquias familiares ni ningún otro tipo de propiedad que tenga valor sentimental o especial para él. SE PROHÍBE EXPRESAMENTE EL ALMACENAMIENTO DE ALIMENTOS, SEMILLAS, PRODUCTOS PERECEDEROS, COMBUSTIBLE, FERTILIZANTES, ASÍ COMO MATERIALES TÓXICOS O PELIGROSOS, INFLAMABLES, QUÍMICOS, OLOROS, EXPLOSIVOS, DE SOLDADURA U OTROS MATERIALES INHERENTEMENTE PELIGROSOS, O CONTRABANDO DE CUALQUIER TIPO.

    EL ARRENDATARIO NO ALMACENARÁ ARTÍCULOS QUE INFRINJAN CUALQUIER ORDEN O REQUISITO IMPUESTO POR LA JUNTA DE SALUD, SANEAMIENTO, DEPARTAMENTOS DE POLICÍA U OTRO ORGANISMO GUBERNAMENTAL COMPETENTE, NI REALIZARÁ NINGÚN ACTO QUE CAUSE MOLESTIAS EN EL ESPACIO O EN RELACIÓN CON LAS INSTALACIONES DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO. El arrendatario autoriza al arrendador a divulgar toda la información del alquiler en caso de una investigación policial.

    2.NO RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR Y OBLIGACIONES DE SEGURO ANTE EL ARRENDATARIO

    (a) NO SE PROPORCIONA SEGURO PARA LOS BIENES ALMACENADOS. TODOS LOS BIENES ALMACENADOS DENTRO O SOBRE EL ESPACIO POR EL ARRENDATARIO, O UBICADOS EN CUALQUIER LUGAR DE LAS INSTALACIONES, SERÁN BAJO SU PROPIA RESPONSABILIDAD. EL SEGURO DE LOS BIENES ES UNA CONDICIÓN ESENCIAL DE ESTE CONTRATO Y ES PARA BENEFICIO TANTO DEL ARRENDATARIO COMO DEL ARRENDADOR. LA FALTA DE SEGURO REQUERIDO SE CONSIDERARÁ UN INCUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO Y EL ARRENDATARIO ASUME TODO EL RIESGO DE PÉRDIDA DE LOS BIENES ALMACENADOS QUE ESTARÍA CUBIERTO POR DICHO SEGURO. EL ARRENDATARIO ACEPTA EXPRESAMENTE QUE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS QUE PROPORCIONA DICHO SEGURO NO SE SUBROGARÁ A NINGUNA RECLAMACIÓN DEL ARRENDATARIO CONTRA EL ARRENDADOR, SUS AGENTES O EMPLEADOS POR PÉRDIDAS O DAÑOS A LOS BIENES ALMACENADOS. EL ARRENDADOR, SUS AGENTES, EMPLEADOS, DIRECTORES, INVITADOS O CUALQUIER OTRO REPRESENTANTE NO SERÁN RESPONSABLES (INCLUSO SI SON NEGLIGENTES) POR CUALQUIER PÉRDIDA O DAÑO A LOS BIENES DEL ARRENDATARIO POR INUNDACIÓN, ROBO, INCENDIO, VANDALISMO, DEFECTOS EN LAS INSTALACIONES O CUALQUIER OTRA CAUSA. EL ARRENDATARIO TAMBIÉN ACEPTA NO ALMACENAR BIENES CON UN VALOR TOTAL SUPERIOR A $5,000. EN CASO DE DISPUTA EN EL QUE ESTÉ EN CUESTIÓN EL VALOR DE LOS ARTÍCULOS ALMACENADOS EN LAS INSTALACIONES, $5,000 SERÁ EL MONTO MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR, SI LA HUBIERE, SEGÚN LO ESTABLECE LA LEY DE ARIZONA.

    (b) El arrendatario acepta y entiende que obtendrá la cobertura de seguro que desee a su propio costo y reconoce que el seguro que el arrendador pueda obtener no protegerá ningún interés que el arrendatario pueda tener sobre los bienes almacenados en las instalaciones o en el espacio en el que se encuentran. El arrendador recomienda encarecidamente que el arrendatario obtenga un seguro para protegerse a sí mismo y a sus bienes contra todo riesgo, sea cual sea su naturaleza. Se acuerda expresamente que el arrendador no será responsable ante el arrendatario ni ante sus invitados, licenciatarios, familiares, empleados, agentes o dependientes por negligencia del arrendador por lesiones personales o daños a la propiedad, o pérdidas por robo, vandalismo, incendio, humo, agua, huracán, lluvia, tornado, explosión, caso fortuito o cualquier otra causa, a menos que sea contrario a la ley. El arrendatario reconoce que el arrendador no se hace cargo del cuidado, la custodia, el control, la posesión ni el dominio de las instalaciones y que no se compromete a brindar protección para las instalaciones, el espacio ni su contenido. El arrendatario deberá tomar las medidas que considere necesarias para proteger todos los bienes que se encuentren en las instalaciones o sobre el espacio. El arrendatario deberá mantener el espacio cerrado con llave. Podrá proporcionar sus propios candados y llaves y asumirá la plena responsabilidad por las personas que tengan posesión de las llaves y acceso al espacio. El arrendador no será responsable de pérdidas o daños resultantes de fallas, interrupciones o mal funcionamiento de los servicios públicos, electrodomésticos o instalaciones, si los hubiera, proporcionados al arrendatario según los términos de este contrato.

    (c) El Arrendatario se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad al Arrendador frente a cualquier reclamación por daños o pérdidas materiales o lesiones personales, así como por los gastos, incluidos los honorarios de abogados, derivados del uso del espacio o las instalaciones por parte del inquilino, o de cualquier actividad, trabajo o acto realizado, permitido o sufrido por el inquilino en el espacio o en sus alrededores. No obstante, el Arrendador no será responsable de tales hechos. El Arrendatario se compromete a notificar al Arrendador inmediatamente en caso de cualquier lesión, daño o pérdida que sufra el Arrendatario u otras personas en dichas circunstancias.

    (d) Si algún empleado del Arrendador presta servicios para el Arrendatario a petición suya, dicho empleado será considerado agente del Arrendatario, independientemente de si se realiza o no el pago por dichos servicios, y el Arrendatario se compromete a eximir al Arrendador de toda responsabilidad relacionada o derivada, directa o indirectamente, de dichos servicios.

    3.ALTERACIONES, SEÑALES Y DESPERDICIOS: El arrendatario no realizará ni permitirá que se realicen modificaciones en el espacio o las instalaciones, ni colocará ningún letrero sin el consentimiento previo y expreso del arrendador. El arrendatario no generará ni permitirá que se generen residuos en el espacio ni en las instalaciones.

    4.DERECHO DEL ARRENDADOR A ENTRAR, INSPECCIONAR Y REPARAR: A solicitud del Arrendador, el Arrendatario le permitirá el acceso al espacio arrendado para que pueda examinarlo, inspeccionarlo, repararlo, confirmarlo o realizar las mejoras que considere necesarias o para prestar los servicios necesarios o acordados. Nada de lo dispuesto en este Contrato, incluido este derecho de acceso, se interpretará como un compromiso de reparación por parte del Arrendador.

    Además, ninguna acción del Arrendador, incluyendo la realización de reparaciones, constituirá un compromiso de realizar reparaciones por su parte. En caso de emergencia, el Arrendador podrá acceder al espacio arrendado para cualquiera de los fines indicados anteriormente, sin previo aviso ni consentimiento del Arrendatario, y se reserva el derecho de retirar el contenido del espacio o instalación arrendada. A efectos de este párrafo, el término "emergencia" se refiere a cualquier suceso o circunstancia repentina e inesperada que requiera una acción inmediata.

    5. LANDLORD'S LIEN : Pursuant to A.R.S. Section 33 Chapter 15 (“Act”), Lessor will have a possessory lien from the date rent is unpaid or due on all property stored within the space for rent, labor or other charges, and for expenses reasonably incurred in its sale.

    6. POR DEFECTO: El plazo es esencial para la ejecución del presente Contrato y para el pago de cada una de las cuotas de alquiler y los cargos aquí estipulados. Si alguna renta o cargo vence y no se paga durante un período de treinta (30) días, o si el Arrendatario incumple o se niega a cumplir cualquiera de los términos o cláusulas del presente Contrato, se le considerará incumplido en el cumplimiento del mismo. En caso de incumplimiento, a su elección y sin perjuicio de las medidas correctivas, el Arrendador podrá ejercer una o más de las siguientes acciones:

    (a) terminar el Acuerdo; (b) negar el acceso a la puerta para el automóvil del Arrendatario; (c) pasar por alto el espacio; (d) demandar al Arrendatario por todas las sumas debidas y adeudadas según los términos del Acuerdo; o (e) EMBARGAR Y VENDER LA PROPIEDAD CONTRA LA CUAL SE HA EMBARGADO UN GRAVAMEN DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY, QUE ESTABLECE EN PARTE QUE LA VENTA SE IMPRIMIRÁ EN UN PERIÓDICO O SE PUBLICARÁ, Y LA VENTA SERÁ UNA VENTA PÚBLICA AL MEJOR POSTOR EN LA INSTALACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE AUTOSERVICIO O EN UN LUGAR RAZONABLEMENTE CERCANO TRAS NOTIFICACIÓN POR ESCRITO AL ARRENDATARIO DEL RECLAMO DEL ARRENDADOR.

    7. PROPIEDAD NO VENDIDA: Si alguna propiedad permanece sin vender después de que el Arrendador haya cumplido con todos los requisitos de la Ley, el Arrendador, a su opción, puede disponer de dicha propiedad de cualquier otra manera que considere apropiada, incluyendo, entre otras cosas, la destrucción de dicha propiedad.

    8. INCUMPLIMIENTO DE PACTOS O CONDICIONES: El incumplimiento de cualquiera de los convenios o condiciones de este Contrato por parte del Arrendatario dará por terminado, a opción del Arrendador, este contrato de arrendamiento, momento en el cual dicho Contrato quedará nulo y sin valor.

    9. QUIEBRA Y OTRAS ACCIONES LEGALES: En caso de que el Arrendatario presente una solicitud voluntaria de bancarrota, o sea objeto de una solicitud involuntaria de bancarrota en su contra, o haga una cesión de bienes a favor de sus acreedores, o sea colocado bajo administración judicial, o sea parte de cualquier otra acción legal en la que se dispute el derecho de uso y ocupación del espacio arrendado, entonces, a opción del Arrendador, este Contrato quedará rescindido y el Arrendatario no tendrá, en adelante, derecho, título ni interés alguno sobre el espacio.

    10. RENUNCIA: Ninguna renuncia por parte del Arrendador, sus agentes, representantes o empleados respecto a cualquier incumplimiento de las obligaciones, condiciones o términos aquí contenidos constituirá una renuncia a futuros incumplimientos del mismo u otros términos, condiciones u obligaciones.

    11. CAMBIO DE TÉRMINOS: Todos los términos de este Contrato, incluyendo, pero sin limitarse a, la renta mensual, condiciones de ocupación y cargos, ESTÁN SUJETOS A CAMBIOS MEDIANTE UN AVISO ESCRITO CON TREINTA (30) DÍAS DE ANTICIPACIÓN al Arrendatario. En caso de cualquier cambio, el Arrendatario podrá rescindir este Contrato en la fecha de entrada en vigor del cambio, notificando por escrito al Arrendador con al menos diez (10) días de antelación. Si el Arrendatario no da tal aviso, el cambio se considerará aceptado y aplicable a su ocupación.

    12. REEMBOLSO DE HONORARIOS LEGALES Y COSTOS: En caso de que se inicie alguna acción o procedimiento para hacer cumplir algún término, cláusula o condición de este Contrato, recuperar renta o cargos vencidos, o recuperar la posesión del espacio por incumplimiento del Arrendatario, este acuerda pagar los honorarios legales razonables del Arrendador, incluyendo costos y gastos.

    13. INDEMNIZACIÓN Y EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: El Arrendatario acuerda eximir al Arrendador de toda responsabilidad por COSTOS, gastos, desembolsos (incluidos honorarios legales), demandas, reclamaciones, acciones legales o causas de acción derivadas directa o indirectamente de este Contrato o de cualquier renovación o extensión del mismo.

    14. SUBARRENDAMIENTO O CESIÓN: No se podrá subarrendar el espacio ni ceder este Contrato total o parcialmente sin el permiso previo y por escrito del Arrendador.

    15. CAMBIO DE DIRECCIÓN: Es obligación del Arrendatario notificar por escrito al Arrendador a la dirección proporcionada en este Contrato sobre cualquier cambio de dirección o número telefónico.

    16. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN: Además de otras garantías establecidas en este Contrato, el Arrendatario garantiza que toda la información proporcionada por él e incorporada en este Contrato es veraz, completa y correcta al momento de la firma.

    17. CLÁUSULA DE DIVISIBILIDAD: Si alguna parte de este Contrato es declarada inválida por cualquier motivo, dicha decisión no afectará la validez del resto del Contrato, el cual seguirá en pleno vigor como si se hubiera firmado sin la parte invalidada. Ambas partes declaran que habrían firmado el resto del Contrato sin incluir dicha parte o partes.

    18. SUCESIÓN: Todas las disposiciones de este Contrato se aplicarán, serán vinculantes y obligatorias para las partes y sus herederos, cesionarios, albaceas, administradores, representantes y sucesores.

    19. APLICACIÓN DE LA LEY DE ARIZONA: Este Contrato y cualquier disputa entre las partes se interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Arizona.

    20. EXCLUSIÓN DE TODAS LAS GARANTÍAS: Los agentes y empleados del Arrendador no están autorizados para otorgar garantías sobre el espacio, las instalaciones o el inmueble mencionados en este Contrato. Las declaraciones orales de los agentes o empleados del Arrendador no constituirán garantías y no deben ser tomadas como parte de este Contrato. Este documento contiene el acuerdo completo entre las partes, y NINGUNA OTRA GARANTÍA, más allá de las aquí descritas, será válida. Las partes acuerdan que LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD Y APTITUD PARA UN PROPÓSITO ESPECÍFICO Y TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, QUEDAN EXCLUIDAS Y RENUNCIADAS en esta transacción y no se aplicarán al espacio arrendado ni a las instalaciones. Además, se entiende y acuerda que el Arrendatario ha tenido la oportunidad de inspeccionar, y ha inspeccionado, el espacio y las instalaciones, y las acepta TAL COMO ESTÁN.

    21. TÍTULOS: Los encabezados de las distintas secciones de este Contrato se han incluido únicamente por conveniencia y no deben utilizarse para interpretar el Contrato ni para determinar la intención de las partes.

    22. CUMPLIMIENTO DE LA LEY: Es intención del Arrendador adherirse a las disposiciones de la Ley. El Arrendador no pretende incluir disposiciones prohibidas por dicha Ley, y nada en este Contrato debe interpretarse como que excede lo permitido por la misma.

    23. ACCESO: La posesión de una llave válida o combinación se considerará evidencia de acceso legal al espacio del Arrendatario, para cualquier propósito, incluyendo pero no limitado a la remoción, reubicación o destrucción de los bienes del Arrendatario, terminación o extensión de este Contrato u otra acción considerada apropiada por el agente del Arrendatario mencionado.

    24. TAMAÑO APROXIMADO DEL ESPACIO: Los tamaños de los espacios son aproximados y se proporcionan solo con fines comparativos. Los espacios pueden ser más pequeños que lo indicado en publicidad u otros materiales.

    25. PLANES DE DESCUENTO: Los Planes de Descuento de Renta deben pagarse en su totalidad en o antes de la fecha de vencimiento del alquiler para calificar para el incentivo. Los Planes de Descuento, ya sea por promoción de mudanza o incentivo de pago, NO SON REEMBOLSABLES. Estos Planes (como el Descuento Militar, Especial de Mudanza por 1 Centavo, 50% de descuento, u otros descuentos autorizados) no pueden combinarse con otras ofertas o planes, están sujetos al cumplimiento total de todas las disposiciones de este Contrato, y quedan a la entera y absoluta discreción del Propietario.

    26. CROSS-COLATERALIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DE ALMACENAMIENTO: Cuando el Arrendatario alquila más de un espacio en esta instalación, la renta está garantizada por la propiedad almacenada en todos los espacios alquilados. El incumplimiento del Arrendatario en el pago del alquiler u otros cargos en cualquier espacio se considerará un incumplimiento de todos los espacios alquilados. El Propietario podrá ejercer todos los recursos legales, incluyendo la denegación de acceso a la instalación y la venta de la propiedad, si no se paga la renta correspondiente a cada uno de los espacios alquilados en la fecha de vencimiento.

    27. SERVICIO MILITAR: SI USTED SE ENCUENTRA EN SERVICIO MILITAR, el Arrendatario debe proporcionar un aviso por escrito al Propietario. El Propietario se basará en esta información para determinar la aplicabilidad de la Ley de Ayuda Civil para Miembros de las Fuerzas Armadas (“Service Members Civil Relief Act”) al Arrendatario.

    28. INFORMACIÓN FINANCIERA: El Propietario no garantiza ni asegura que la información financiera (tarjeta de crédito, cuenta bancaria) no será robada o comprometida de alguna manera. El Arrendatario renuncia y exonera al Propietario de toda reclamación o acción por daños derivados del uso de dicha información por terceros.

    TODAS LAS UNIDADES DEBEN QUEDAR COMPLETAMENTE VACÍAS Y LIMPIAS. HABRÁ UN CARGO MÍNIMO DE $75 POR RETIRAR PERTENENCIAS O BASURA DEJADAS EN EL LUGAR. SE COBRARÁ $15 SI TENEMOS QUE BARRER Y LIMPIAR DENTRO Y ALREDEDOR DE SU UNIDAD AL MOMENTO DE DESOCUPAR. SOLICITE UNA INSPECCIÓN FINAL Y CONFIRMACIÓN DE QUE TODO ASUNTO ENTRE EL ARRENDADOR Y EL ARRENDATARIO HA SIDO COMPLETADO SATISFACTORIAMENTE.

    ESTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, INCLUYENDO CUALQUIER ANEXO, CONSTITUYE EL ACUERDO COMPLETO Y TOTAL ENTRE LAS PARTES. NO EXISTEN ACUERDOS ORALES SEPARADOS ENTRE LAS PARTES Y EL ARRENDATARIO RECONOCE QUE NO SE BASA EN NINGUNA DECLARACIÓN ORAL DEL ARRENDADOR QUE PRETENDA MODIFICAR O AGREGAR A ESTE CONTRATO.

    EL ARRENDATARIO HA LEÍDO ESTE CONTRATO, INCLUYENDO TODOS LOS ANEXOS, Y ACEPTA CUMPLIR CON TODOS LOS TÉRMINOS DE ESTE CONTRATO EN SU TOTALIDAD. [ ] (iniciales)

    NORMAS Y REGLAMENTOS DE LAS INSTALACIONES DE ARIZONA STORAGE CENTERS

    1. RENTA — Toda la renta debe pagarse antes del día 1 del mes. El acceso será suspendido a partir del día 2 si no se ha realizado el pago.

    2. CARGO POR RETRASO — Si la renta no se paga antes del cierre del día 4, se aplicará un cargo por retraso de $20 más impuestos. A los 35 días de retraso, se enviará una carta por correo certificado y se iniciará el proceso de subasta, con un cargo de embargo de $50 al cumplir 42 días de mora.

    3. CANDADO DE BLOQUEO — Si la renta está vencida, el gerente tiene la autoridad para colocar un candado de bloqueo en la unidad hasta que se paguen todos los cargos. La remoción del candado por parte del inquilino constituye robo, incumplimiento del contrato y resultará en el desalojo inmediato del inquilino de la unidad.

    4. REEMBOLSOS — No se otorgarán reembolsos bajo ninguna circunstancia.

    5. CHEQUES DEVUELTOS — Todo cheque devuelto tendrá un cargo de $20 más impuestos, y el saldo restante estará sujeto a cargos por mora.

    6. PAGO CON CHEQUE — El gerente se reserva el derecho de requerir el pago en efectivo.

    7. CAMBIO DE DIRECCIÓN — Debe notificar por escrito al gerente cualquier cambio de dirección o número telefónico. Hay formularios disponibles en la oficina del gerente.

    8. CANDADO Y LLAVES — Debe mantener su unidad asegurada con un candado. No se permite el uso de dispositivos que impidan el candado de bloqueo, y serán removidos por el gerente. Si es necesario cortar un candado por cualquier motivo, se cobrará una tarifa de $50 y el inquilino deberá adquirir otro candado.

    9. SEGURO — Debe contar con seguro para los bienes almacenados en esta instalación.

    10. PROTECCIÓN DEL CONTENIDO — Usted es el único responsable por la protección de los artículos almacenados. Debe colocar sus pertenencias sobre bloques, cubrirlas contra el polvo y aplicar control de plagas.

    11. MATERIALES PELIGROSOS — Está prohibido almacenar materiales peligrosos, inflamables o ilegales. El incumplimiento constituye violación del contrato y requiere que el inquilino desocupe inmediatamente las instalaciones.

    12. AVISO DE DESOCUPACIÓN — Se requiere un aviso con al menos diez (10) días antes del fin del mes en que desea desocupar. El formulario puede obtenerse en la oficina del gerente.

    13. SALIDA ANTICIPADA — Una unidad será considerada abandonada si se han retirado sus contenidos. El gerente podrá rentarla sin ninguna obligación hacia el inquilino anterior.

    14. RECHAZO — El gerente se reserva el derecho de negar el alquiler o la renovación de un contrato.

    15. OBSTRUCCIÓN DE ÁREAS COMUNES — Las vías de acceso, banquetas y áreas comunes no deben ser bloqueadas ni utilizadas para propósitos distintos a acceder su unidad. No debe dejarse basura, ni realizar trabajos de reparación, lavado o mantenimiento de vehículos u otros equipos.

    16. CONTENEDOR DE BASURA — El contenedor de basura es de uso exclusivo del gerente. Solicite permiso para usarlo. El uso no autorizado resultará en una multa civil de $500 ($1,000 en Glendale).

    17. MODIFICACIONES — El inquilino no podrá modificar las áreas de almacenamiento ni colocar anuncios o letreros dentro o fuera de la unidad.

    18. MASCOTAS — No se permiten mascotas ni ningún ser vivo en las unidades de almacenamiento.

    19. MANTENIMIENTO — El inquilino deberá mantener la unidad en buen estado.

    20. HORARIO DE ATENCIÓN — De lunes a sábado de 8:00 a.m. a 6:00 p.m., y algunos domingos de 12:00 p.m. a 5:00 p.m.

    21. FESTIVOS — La oficina permanecerá cerrada en los siguientes días:

    Día de Año Nuevo
    Domingo de Pascua
    Día de los Caídos (Memorial Day)
    4 de Julio
    Día del Trabajo (Labor Day)
    Día de Acción de Gracias
    Día siguiente a Acción de Gracias
    Nochebuena (desde el mediodía)
    Navidad
    Nochevieja (hasta las 3 p.m.)